domingo, 17 de abril de 2011

A la luz de lo que dicta el numeral 3 del Artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación.

Los desafíos ante los próximos procesos electorales dentro de la Universidad Central de Venezuela.

Jhon Guerra Sansonetti

Camaradas.

A finales del mes de mayo del año en curso, vence los periodos de los decanos de la Universidad Central de Venezuela, electos para el periodo 2008-2011. En la anterior coyuntura regia con preeminencia, la vetusta Ley de Universidades de 1970 que no ha perdido su vigencia en razón de la omisiones normativas en este terreno de la realidad política. Sin embargo, la hegemonía reinante dentro del subsistema universitario (encabezada por los factores académicos recalcitrantes y secundado por un movimiento estudiantil desprovisto de una seria alternativa de país), pierden de vista los alcances introducidos por la Ley Orgánica de Educación del año 2009, que, si seguimos la rigurosidad positivista del derecho venezolano, coloca en jaque a todos los intereses que convergen dentro de la universidad. El discurso del claustro o asamblea como colegio electoral ha sido prácticamente desarmado.

¡Compadres y Comadres! Los guaros de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado han empujado la rueda de la dialéctica y en sentencia del mes de agosto del 2010 de la Sala Electoral del máximo tribunal del país, enciende las luces sobre el nuevo desafío que debe asumir la corporación universitaria como entidad convocada a instituir los caminos del control y conducción de su dinámica organizacional. Ese reto no amenaza al ideal autonómico universalmente conocido, se reafirma aun más bajo las premisas de democratización de los espacios de lucha y poder que ha explanado el preámbulo de la Constitución de 1999. Estratégicamente llega tarde a la escena del combate que se libra puertas adentro y ya Lenin lo advertía ¡No toda receta o regla general funciona para todos los casos! ¡O somos chicha o somos limonada!

En la coyuntura que se encuentra el país nacional, la razón real nos asiste ¿y el hecho cultural qué? Veamos los alcances del Artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación del 2009 y a la luz de sus contenidos, formulo par de interrogantes con el propósito de identificar elementos que debemos tener en cuenta las fuerzas progresistas ante un nuevo episodio por la conquista del poder en nuestras instituciones universitarias, combate dirigido a la democratización radical del saber, las artes y las ciencias:

Artículo 34. (…) La autonomía se ejercerá mediante las siguientes funciones:

3. Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento.

1-. ¿Habrá voluntad política en el seno de nuestros Consejos Universitarios para formular la normativa que materialice la participación electoral, en igualdad de condiciones, de todos los actores que hacen vida en la Universidad? A esta hora, los compañeros de la UCLAla Universidad Nacional Abierta aguardan por sus Consejos Universitarios, por la promulgación del Reglamento de Elecciones Universitaria, tal cual como lo ordena la sentencia 120 del 11 de agosto del año pasado, emanada de la máxima jurisdicción electoral. Y si realizamos un análisis sobre la conducta de las autoridades universitarias, la mecánica que predomina en su praxis y retórica es un reiterado y absurdo desafío (rayando casi en la desobediencia civil) al gobierno y ordenamiento jurídico legítimamente constituido. Las y los egresados de la UCV aguardamos (todavía) al estricto cumplimiento de la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ (expediente 10-0992), que ordena el cese del cobro exorbitante de matriculas a los profesionales que aspiran obtener una segunda profesión; otro sintoma del ´desorden´presupuestario reinante en las universidades afectas a la AVERU.

2-. Y los trabajadores obreros y administrativos adscritos a las dependencias centrales ¿Quedarán excluidos del padrón electoral diseñado a fin de operativizar los comicios decanales? A primera vista todo indica que no serán incluidos en el registro electoral correspondiente. Sería cuestión ya de las fuerzas sindicales universitarias, adelantar las diligencias que garanticen la participación de aquellos trabajadores administrativos y obreros egresados en cualquiera de las once facultades de la UCV. ¡Sabemos que los hay! En esta vez ocasión, la hegemonía universitaria atraviesa por una seria cruzada, o echan el resto en la calle o asumen la nueva discursiva legal en la legitimación del quehacer gerencial en la universidad. Puede ocurrir -en otro extremo- que una porción representativa de compañeros obreros y trabajadores administrativos se involucren como estudiantes de pregrado, visto que en los últimos tiempos, han logrado ingresar a la formación profesional de tercer nivel. ¿Y los contratados qué?

3-. ¿Qué entenderá por Egresado el legislador que plasmó todos esos contenidos en el numeral 3 del Articulo 34 de la Ley de Educación? En un breve examen de la exposición de motivos de la norma en cuestión, por ningún lado conseguimos una caracterización de esa entidad denominada “EGRESADOS”. No esta demás dejarla clara y explicita, la derecha es astuta y siempre nos sorprende desde el punto de vista jurídico. Vale la pena traer al análisis la nefasta sentencia del TSJ del año 2002 que negó el antejuicio de merito a los militares fascistas que intentaron asaltar el poder desconociendo la voluntad popular durante el mes de abril. Si pensábamos que liquidamos el peso de los profesores jubilados en la definición electoral, ahora son ellos quienes participarán como Egresados y es una masa bastante heterogénea a la hora de saltar al plano logístico electoral.

4-. ¿Hasta que punto es favorable igualar el peso del voto estudiantil en la composición electoral? Por la medida pequeña, esto es un acto de justicia, se trata de reivindicar las banderas de Córdoba, son los estudiantes de pregrado el cabo más débil de la cuerda de poder dentro de las instituciones universitarias. Lo que mas me asusta hoy es el elevado nivel de pasividad que arropa a una buena parte de la masa juvenil que ocupa pupitres y aulas dentro de nuestras universidades y esa inercia, a veces, traspasa la esfera conspirativa y todos fuimos observadores de lo que se tejía en esa comilona de cachitos al frente del PNUD. Más alarmante es el nivel de alineación y cooptación que padece la dirigencia estudiantil revolucionaria; algunos olvidan la humildad revolucionaria, olvidan la casa, se dogmatizan y se burocratizan. Siempre he inclinado mi interés por la conducción paritaria, pero como cuadro revolucionario debo atenerme a lo que dicta la actual Ley.

5-. ¿Qué aptitud adoptarán las cabezas revolucionarias para tomar en consideración las candidaturas a cargos de gerencia y dirección universitaria? Cuando hablo del método, me refiero a los efectos perversos que generan el consenso y la cooptación al momento de definir los nombres de los cuadros llamados a llevar la voz de los sectores progresistas al campo de la diatriba electoral. La derecha ha estado clara (divides y vencerás) y mas estratégicos debe ser el obrar en esta nueva circunstancia y en estos días de polémica, las cosas deben estar bien clara para no meter la pata. Aquí la urgencia nos empuja a escoger o sortear entre asumir las prácticas cuarto republicanas o internalizar el mandato establecido por el pueblo en los Artículos 62 y 67 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.


Espero que estas reflexiones contribuya a enriquecer la construcción colectiva de las líneas tácticas estratégicas en la praxis político revolucionaria ante las próximas elecciones universitarias.



Politólogo UCV
Delegado de los Estudiantes ante el CNU (2004-2009)
Participante del Colectivo de Egresados Socialistas UCV.
Twitter: @Leviatan29
leviatan2021@gmail.com